Con las reglas vigentes (Ley 100 de 1993, modificada por la Ley 797 de 2003), para pensionarte por vejez en Colpensiones necesitas 57 años si eres mujer o 62 si eres hombre y 1.300 semanas cotizadas. En los fondos privados la pensión depende del capital ahorrado; si no alcanza, con 1.150 semanas y la misma edad puedes acceder a la garantía de pensión mínima.
Importante: la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) entra en vigencia el 1 de abril de 2027, según la sentencia C-264 de 2026 de la Corte Constitucional. Hasta el 31 de marzo de 2027 aplican las reglas de esta guía. Si te pensionas después de esa fecha, confirma tu caso con tu administradora.
Respuesta rápida
| Régimen | Edad | Requisito principal |
|---|---|---|
| Colpensiones (prima media) | 57 mujeres, 62 hombres | 1.300 semanas cotizadas. |
| Fondo privado (ahorro individual) | Depende del capital | Capital suficiente para una pensión. |
| Fondo privado, garantía de pensión mínima | 57 mujeres, 62 hombres | 1.150 semanas, si el capital no alcanza. |
| Fondo privado sin capital ni semanas | 57 mujeres, 62 hombres | Devolución de saldos o seguir cotizando. |
| Colpensiones sin las semanas | 57 mujeres, 62 hombres | Indemnización sustitutiva o seguir cotizando. |
Cómo verificar si cumples
- Descarga tu historia laboral y cuenta tus semanas. Guías: Colpensiones, Protección, Colfondos.
- Revisa que estén todos tus empleos. Si falta tiempo, corrígelo antes de pedir la pensión.
- Confirma tu fecha de nacimiento en la historia laboral.
- Pide a tu administradora una proyección oficial.
- Si cumples, pregunta la lista de documentos y el canal para radicar la solicitud.
Cómo se cuentan las semanas
La Ley 100 cuenta las semanas cotizadas en cualquiera de los dos regímenes, el tiempo como servidor público remunerado y, en ciertos casos, el tiempo con empleadores que tenían a su cargo la pensión o con cajas del sector privado. Una semana cotizada equivale a 7 días calendario.
Qué hacer si no cumples
Te faltan semanas
Puedes seguir cotizando. La Ley 100 permite seguir trabajando y cotizando para completar los requisitos.
Estás en Colpensiones y no llegarás a las semanas
Revisa la indemnización sustitutiva.
Estás en un fondo privado y no alcanzas
Revisa si tienes 1.150 semanas para la garantía mínima o si te corresponde la devolución de saldos.
Tienes semanas sin registrar
Corrige primero: mira cómo corregir la historia laboral en Colpensiones.
La reforma pensional en breve
Según Porvenir, si a la entrada en vigencia de la reforma eres mujer con 750 semanas o más, u hombre con 900 o más, permaneces en el régimen de transición y sigues bajo la Ley 100. Si no, te aplicará la Ley 2381 de 2024. La oportunidad de traslado terminó el 16 de julio de 2026. Confirma tu caso con tu administradora, porque la implementación aún se está reglamentando.
Nota de seguridad
Pedir la pensión es gratuito. Desconfía de tramitadores que cobran por «asegurar» tu pensión. Si tu caso tiene semanas en discusión o tiempos públicos, busca un abogado laboralista o un consultorio jurídico.
Infojuridico no es Colpensiones ni un fondo. Esta guía resume la ley vigente a octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas semanas necesito para pensionarme en Colpensiones?
1.300 semanas, con 57 años si eres mujer o 62 si eres hombre.
¿Y en un fondo privado?
Depende del capital ahorrado. Si no alcanza, con 1.150 semanas y la edad accedes a la garantía de pensión mínima.
¿La reforma cambia estos requisitos?
La reforma entra en vigencia el 1 de abril de 2027. Hasta el 31 de marzo de 2027 siguen estas reglas. Confirma tu caso.
¿Puedo seguir cotizando después de la edad?
Sí, para completar requisitos o, según la ley, para aumentar el monto de la pensión.
Última recomendación: revisa tu historia laboral al menos un año antes de la edad de pensión, corrige lo que falte y pide a tu administradora una proyección por escrito. Así llegas a la solicitud con tus semanas completas.



