Cuando una persona asociada al fondo pensional o que esté recibiendo su pensión fallece, es posible recibir ayuda para reponerse de los gastos del servicio, puede recurrir a la figura de Auxilio Funerario de Colpensiones.
Si desea saber más del trámite para solicitar un auxilio funerario, puede leer aquí los puntos más relevantes y el formato necesario para realizar tus solicitudes.
¿Qué es el Auxilio Funerario Colpensiones?
El auxilio funerario de Colpensiones es un beneficio que se otorga a los afiliados a Colpensiones y a sus beneficiarios en caso de fallecimiento.
Este beneficio consiste en un pago único que se destina a cubrir los gastos relacionados con el funeral y el sepelio del afiliado fallecido.
El monto del auxilio funerario de Colpensiones depende de varios factores, como la edad del afiliado al momento de su fallecimiento y el tiempo de cotización acumulado.
El Auxilio funerario de Colpensiones es un pago que se realiza a una persona que ya ha realizado los gastos fúnebres de un afiliado o de alguien que ya percibe la pensión por vejez o invalidez.
La persona beneficiada por este pago debe demostrar que se ha hecho responsable de estos gastos.
Esta ayuda económica es equivalente al monto de la última mesada pensional del afiliado fallecido o al último salario base cotizado.
Sin que este monto establecido sea inferior a cinco salarios mínimos vigentes mensuales, ni superior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Para la realización de este proceso deberá entregar toda la documentación correspondiente, para su realización ágil y eficiente.
En caso de algún faltante en la entrega de los requerimientos, la Subdirección de Normalización de Expedientes Pensionales de la Unidad realizará la debida diligencia y dicha persona tendrá solo un mes antes de ser declarado nulo.
Requisitos para la Solicitud de Auxilio Funerario Colpensiones
Para solicitar el Auxilio Funerario de Colpensiones debe tener los siguientes documentos, procurando que con estos tendrá su solicitud aprobada.
- Formato de solicitud de prestación económica Auxilio Funerario Colpensiones
- Registro civil de defunción
- Fotocopia de documento original
- Factura de gastos funerarios
Ahora te vamos a explicar en detalle qué son cada uno de los requisitos que mencionamos en el párrafo anterior durante las siguientes secciones de este artículo.
Formato de solicitud de prestación económica Auxilio Funerario Colpensiones
El Formato de solicitud de prestación económica Auxilio Funerario es un documento donde el tramitador debe anexar la información sobre el beneficiario, el afiliado e indicando la razón por la cual se espera se le reconozca el derecho al auxilio funerario.
Registro civil de defunción
Requerimiento de una copia legible y auténtica del acta de defunción original emitida por el registro civil de defunción.
Esta copia es emitida por el ente o notario donde se realizó el proceso de inscripción del fallecido.
Fotocopia de documento original
Una ampliación al 150% por ambas caras y debe ser completamente legible sin emiendas.
Factura de gastos funerarios
La factura de gastos funerarios debe ser original, contando para ello con el sello que garantice la cancelación del servicio.
Debe poseer los datos personales del fallecido y de la persona encargada de los gastos. Debe incluir en su interior la descripción del servicio prestado.
Si el proveedor de servicio pertenece al régimen simplificado, debe emitir un documento legal que cumpla la misma función, con esta información adjudicada:
Deberá presentar el original con sello notariado y una copia del RUT.
Al momento de realizar la solicitud, si es de su interés, puede hacerla llegar en cualquiera de las oficinas de la UGPP acompañado de su documento de identidad y en caso de los apoderados poseer su tarjeta profesional original.
Puede obtener el formato del formulario de Solicitud de Prestación Económica Auxilio familiar de manera gratuita, solo deberá descargar el archivo PDF.
¿Cuánto es el Auxilio Funerario de Colpensiones?
El Auxilio Funeario de Colpensiones da un monto luego de verificar que la información aportada por los familiares o apoderados de afiliado fallecido son correctos.
Esta suma es equivalente a 1 mesada del fallecido o al último salario base de cotización, pero no menos de 5 SMLMV ni más de 10 SMLMV. Es decir, si la pensión era menor a 5 salarios mínimos, recibirá ese monto: 5 SMLMV.